Se trata de Coto, Changomas y VEA. Es un caso testigo que podría multiplicarse.
Empezaron en el municipio de Lanús, donde gobierna el intendente K Julián Alvarez, que elevó 2,7% la alícuota de la tasa de Higiene y Seguridad, que llega ahora al 6%. Las cadenas argumentaron que debieron trasladar ese costo indebido, que definen como un impuesto encubierto, a las góndolas. El de Lanús es un caso testigo, que podría replicarse en otros municipios.
En medio de la pelea con el intendente de Lanús, Julian Álvarez, de La Cámpora, tres cadenas de supermercados van a la Justicia a reclamar por la suba de la Tasa de Seguridad e Higiene (TSH) que dispuso el municipio, en línea con otros bonaerenses –la mayoría gobernados por dirigentes de Unión por la Patria (UxP)– que aumentaron la carga impositiva. Son las primeras acciones legales de este tipo y podrían sentar un precedente.
Los súper denuncian una suba de 2,7% de la alícuota en Lanús, que aseguran que pasó de 2,36% a 6%; mientras que el intendente K sostuvo que el alza fue 0,6%.
Cortado el diálogo con la Municipalidad, Coto –con dos híper en ese distrito–, Vea –del grupo chileno Cencosud, también con dos– y Changomas –del Grupo GDN de Francisco De Narváez, que compró en pandemia la operación local de Walmart, con una tienda– radicaron tres presentaciones la semana pasada. Cada una lo hizo por su cuenta con distintos argumentos.
Son las primeras acciones legales de este tipo y sentarían un precedente.
En septiembre, cuando estalló la polémica, las tres informaron, en mensajes similares, que se veían forzadas a aumentar los precios en sus sucursales del municipio. Pegaron carteles en las vidrieras y las líneas de caja que comunicaban a los clientes el traslado del incremento de este costo a los valores de venta. También incluyeron una leyenda en tickets.
Por entonces, la Asociación de Supermercados Unidos (ASU) fue tajante. “El aumento desmedido, desproporcionado e injustificado de la tasa torna negativo el resultado de la operación en Lanús. Esta, cómo otras municipalidades, prefiere exprimir a una masa crítica de contribuyentes”, apuntó, y agregó que “no es un hecho aislado” y que “licua los esfuerzos del Gobierno en la baja de impuestos”.
En el sector explican que “es un impuesto encubierto. Se bancaba cuando era un porcentaje chico, pero al elevarlo se volvió difícil, sumado al cobro de Ingresos Brutos e IVA. Se convierte en un componente más del precio que paga el consumidor”, destacan.
Según pudo saber Clarín, no hubo presentación conjunta, sino tres separadas. Fuentes ligadas a la causa señalan que Changomas apeló al “recurso de repetición” solo por vía administrativa, argumentando que la suba de la TSH es “improcedente y sin razonabilidad con el servicio prestado”, por lo que solicitó la devolución y la rectificación del cobro de estos meses.
Coto acudió al “recurso de repetición” también, pero con una presentación judicial en el fuero contencioso administrativo provincial, en el juzgado de Lanús. Al igual que Changomas, según las fuentes, se apoyó en los criterios de “improcedencia” y “razonabilidad”, argumentando que no corresponde el cobro y tampoco es razonable. Además, recurrió al principio de “igualdad”, reclamando que a grandes superficies se les aumentó la carga impositiva, mientras que se les bajó a comercios chicos, por lo que hay un “trato desigual”.
En una entrevista, el mismo intendente aseguró al respecto en septiembre: “Eximimos a 500 almacenes de barrio de la TSH y se la duplicamos a hipermercados. Es una medida progresiva. Estaba en 0,3% y ahora en 0,6%”.
A los argumentos anteriores, las fuentes mencionan que Cencosud sumó en su reclamo judicial uno que el sector califica “disruptivo”: ninguna política municipal debería entorpecer instrumentos federales del Gobierno Nacional, que está haciendo esfuerzos para que el impacto en los precios sea menor, bajando impuestos, por lo que indicó que la suba de tasas afecta esta doctrina. Además, pidió una cautelar hasta que se resuelva la cuestión de fondo, y así frenar el cobro de la diferencia en la TSH.
La Justicia tiene entre 60 y 90 días para responder a los recursos de “repetición”, en tanto que para otorgar la cautelar tiene que ser verosímil el argumento, explican.
Antes de la reforma constitucional de 1994, la ley de coparticipación establecía que a cambio de los fondos que Nación daba a las provincias, estas se comprometían a no subir tasas. En cambio, la Constitución vigente les reconoce autonomía presupuestaria, por lo que el supermercadismo reconoce que al Gobierno le queda poco margen para actuar. Economía buscó una forma “indirecta” de intervenir, cuando el ministro Luis Caputo dispuso que no podrá incluirse en facturas de servicios públicos cargos ajenos a la prestación de ellos. Pero varios municipios consiguieron cautelares.