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Aprobaron eliminar las pensiones vitalicias que perciben los ex gobernadores y ex vicegobernadores

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La Cámara de Diputados de Entre Ríos aprobó eliminar las pensiones vitalicias que perciben los ex gobernadores y ex vicegobernadores

Diputados aprobó eliminar las pensiones vitalicias. La Cámara de Diputados dio media sanción este miércoles al proyecto de ley que elimina las pensiones vitalicias que actualmente perciben los exgobernadores y exvicegobernadores. Se trata de una iniciativa que envió a la Legislatura el Poder Ejecutivo.

El proyecto de pensiones vitalicias apunta a prohibir que los gobernadores y vicegobernadores sean beneficiarios de esas pensiones una vez finalizada la función. Además, prevé regular incompatibilidades y causales de caducidad para quienes ya perciben estos beneficios.

“Este proyecto tiene que ver con la igualdad ante la ley. Esto que el ciudadano común interpreta como jubilaciones de privilegio, no es equitativo cuando a los trabajadores se les exige una determinada edad y una determinada cantidad de años de aportes para poder jubilarse”, argumentó la diputada Érica Vilma Vázquez (Juntos por Entre Ríos), quien preside la comisión de Empleo, Previsión y Seguridad Social.

Andrea Zoff (Más para Entre Ríos) expuso sobre las razones del dictamen de minoría presentado por su bloque. Expresó que “en Entre Ríos no hay jubilaciones de privilegio” y aclaró que “la derogación de esta pensión vitalicia no repercute en el déficit de la Caja de Jubilaciones”. Agregó que el dictamen de minoría buscaba “mejorar el proyecto”.

Jubilaciones de privilegio: qué dice el proyecto oficial

 

Se trata de la Ley N° 4.506, dictada el 11 de enero de 1965 y que establece pensiones vitalicias para los cargos de gobernador y vicegobernador.

La norma implementó un beneficio que actualmente representa un monto de unos $2,2 millones para quienes lo perciben.

«A partir de la promulgación de la presente Ley, los ciudadanos electos de acuerdo a las normas constitucionales para los cargos de Gobernador y Vicegobernador de la Provincia, gozarán de una pensión vitalicia por un monto
móvil e igual al 75% de la remuneración que corresponde al cargo. A los efectos de establecer este beneficio no se tendrán en cuenta los gastos de representación», dice la norma. Y agrega: «El beneficio acordado por la presente Ley se hará extensivo para el caso del fallecimiento del titular, al cónyuge supérstite y/o a los hijos hasta la mayoría de edad. En el supuesto que éstos se encontrasen incapacitados gozarán del mismo beneficio, mientras permanezcan en tal estado».

 

Al respecto, el titular del Poder Ejecutivo, Rogelio Frigerio, ha dicho sobre esas pensiones: «Hay que derogar las jubilaciones de privilegio. No alcanza solo con poner en caja todo para sostener a nuestro sistema de previsión social. Tenemos que terminar con los privilegios de la política. En nuestra Caja de Jubilaciones hay privil,egios que hay que derogar. Nuestra responabilidad con todos los sectores  es lograr lograr tener una Caja sostenible en el tiempo, que garantice el pago de jubilaciones presentes, pero también de las jubilaciones futuras. Vamos a mantener la Caja en la Provincia, pero tiene que ser sostenible en el tiempo y para eso se necesitan reformas. No tenemos miedo de debatir temas. Queremos contarle a la gente qué encontramos y qué necesitamos modificar».

El proyecto, que consta de siete artículos, deroga la Ley N° 4.506 y establece la prohibición de que ningún funcionario o empleado público provincial, municipal o comunal «podrá ser beneficiario de pensiones especiales o graciables otorgadas por la Provincia, que no provengan del sistema de jubilaciones ordinario». Y respecto de los beneficios ya otorgados, «reconocidos durante la vigencia de la Ley 4.506 y sus modificatorias, continuarán abonándose, excepto que sus beneficiarios queden comprendidos en algunos de los supuestos de los artículos siguientes».

Al fundamental la iniciativa, el Ejecutivo entendió que «resulta imperioso terminar con las llamadas
´jubilaciones de privilegio´, en particular la que establece un beneficio especial para los exgobernadores y vicegobernadores de nuestra provincia». Y argumenta dos razones: la primera, «es que los motivos y la finalidad que inspirara la sanción de la Ley 4.506 han desaparecido en la actualidad, tornándola anacrónica»; y la segunda, «es que la existencia de este régimen especial se encuentra hoy en tensión con criterios igualitarios de los que es tributario la ética pública contemporánea, que demanda políticas activas que efectivicen el principio de igualdad ante la ley, entre los ciudadanos y sus gobernantes».

«Establecer sistemas de pensiones vitalicias», añade, «atenta evidentemente contra la Constitución y los principios que de ella se derivan».

De la Redacción de Entre Ríos Ahora

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