'EL DEDO EN LA LLAGA' (L a V, 12hs)

RECATEGORIZAN HOSPITALES Y CENTROS DE SALUD / Resienten la atención en salud

En comunicación con el programa radial 'El dedo en la llaga' (La 100 de Federal), el diputado nacional Jorge Lacoste, se refirió a la aplicación del decreto N° 2.524, del 13 de agosto último, a través del cual, el Ministerio de Salud de Entre Ríos, recategoriza hospitales y centros de salud de la provincia. 

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El Ministerio de Salud de Entre Ríos recategoriza hospitales y centros de salud
De la Redacción de Entre Ríos Ahoraseptiembre 23 de 2018
A través del decreto N° 2.524, del 13 de agosto último, el Ministerio de Salud de Entre Ríos puso en marcha la nueva recategorización de hospitales y centros de salud de la provincia reemplazando una medida similar que data de 50 años.

 Críticas
“Por ejemplo, en Colonia Avellaneda o Hernández, la atención que hoy es de 24 horas pasará a ser hasta las 19. En el Hospital San Blas de Nogoyá los limitan con la maternidad. En el Hospital Domagk (Paraná) hasta los vecinos están movilizados porque pasaría a ser un centro de salud”, dijo el diputado José Allende (PJ), titular de UPCN, sobre la normativa que dictó la ministra.
“La medida intenta facilitar el ordenamiento del sistema de salud según niveles de complejidad creciente y definiendo la capacidad de respuesta de cada uno de ellos”, dicen desde Salud.
En ese camino, ya se reordenaron las maternidades. No en todos los hospitales se atienden partos. En la provincia, se producen cada año aproximadamente 22 mil nacimientos; de esos 22 mil nacimientos, 12 mil ocurren en el sector público, pero que tienen condiciones neonatales esenciales. En eso trabajo Salud durante 2017: definir qué maternidades están en condiciones de hacer parto, y cuáles no.
Hoy,más del 94% de los partos públicos ocurren en once maternidades donde se garantizan esas condiciones esenciales.
A través del decreto N° 2.524, del 13 de agosto último, el Ministerio de Salud de Entre Ríos puso en marcha la nueva recategorización de hospitales y centros de salud de la provincia reemplazando una medida similar que data de 50 años.
“La reciente medida está en una incipiente etapa de desarrollo y a modo de evitar que su sustancia se desvirtúe en interpretaciones que nada tiene que ver con su esencia, es que el ministerio rector de la salud de la provincia entiende sobre la necesidad de efectuar mayores precisiones sobre el alcance del decreto”, dijeron desde la cartera que comanda Velázquez.
“Este instrumento -añaden- facilitará incluso un reordenamiento más racional del conjunto de los recursos orientados a atención y cuidado de la población entrerriana. En ese sentido es que la categorización no pretende ni la reducción del recurso humano, ni los horarios de atención así como tampoco resentir prestaciones que se brindan desde los servicios de salud ni guardias preestablecidas de 24 horas. El decreto Nº 2.524 del Ministerio de Salud de Entre Ríos, en cumplimiento de las mencionadas normas, establece concretamente las tipologías de establecimientos de salud; los criterios básicos de categorización; y las tipologías de camas. A partir de estos criterios, se dividen los niveles de riesgo: bajo riesgo (nivel I), mediano riesgo (nivel II), y alto riesgo (nivel III, que se subdivide en A y B)”.
Otra división que establece la normativa es la clasificación de los establecimientos de salud sin internación de diagnóstico y tratamiento en cinco categorías diferentes dependiendo de: pertenencia a áreas rurales o urbanas, proximidad a rutas, población de área de influencia, perspectivas de crecimiento demográfico, entre otras. Dentro de estos efectores, también se incorporan a los centros de salud mental.
“De hecho, este decreto nada tiene que ver, ni está concatenado de ningún modo, con las medidas que se han tomado recientemente a nivel nacional como por ejemplo devenir de la decisión de bajar de rango al Ministerio de Salud de Nación frente a lo cual, precisamente, este Ministerio provincial ha tomado ya una firme posición en contrario  -subrayan-.Por demás, esta decisión concebida como una política consecuente con lo que se viene trabajando a nivel provincial tiene su origen en un trabajo de los equipos técnicos que data del año 2.017 y que luego de un profundo análisis concluyó finalmente con el decreto 2.524”.
El decreto de recategorización de hospitales también mereció críticas del intendente de Diamante Lénico Aranda (Cambiemos) y del diputado nacional Jorge Lacoste (Cambiemos). Lacoste señaló que Diamante “ya había sufrido una disminución en las prestaciones médicas del sector público en septiembre de 2015, cuando se dieron de baja 33 maternidades en la provincia, entre ellas en esa ciudad,  y consecuentemente dejaron de atender partos”. Entonces, “se argumentó que se ordenó el cierre por no cumplir con las Condiciones Obstétricas y Neonatales Escenciales (CONE), en vez de haberse optado por realizar una reestructuración para que las maternidades cumplan con esas condiciones”, recordó el ex intendente de Sauce de Luna electo diputado nacional en 2017.


Respuesta
“Para garantizar a la salud como parte de la restitución de derechos, el gobierno provincial trabaja en una política de estado bajo el paradigma de sustentar los derechos humanos de las personas. Y es en ese rumbo, que este Ministerio, no ha dejado de realizar la cobertura esencial de la atención a la salud entendiendo a la misma como un bien social. Y aún, en estos tiempos de crisis y de retirada de la cartera nacional, se siguen cubriendo prestaciones esenciales y vitales con la cobertura de algunas prestaciones como tratamientos oncológicos y de diálisis, entre otros”, planteó el área que conduce Sonia Velázquez.
“Desde 2017 -señaló- se viene trabajando en un proyecto sostenido de regionalización perinatal que viene generando sensibles mejoras en los indicadores de morbimortalidad materno infantil de la provincia motivando como consecuencia su paso siguiente como es el de materializar este proceso mediante el decreto 2.524. Aún en el escenario donde el gobierno nacional baja de rango al Ministerio de Salud, mientras que el de nuestra provincia apuesta a un ordenamiento que implique garantizar a la población el derecho a la salud en su más amplio sentido”.
Y agregan que desde el año 1994 por resolución ministerial N° 282 existe el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica, a través del cual se establecieron criterios básicos de internación, definiendo 3 categorías en base a la factibilidad de resolución de problemas de salud. “Es decir, lo que define la categoría es el tipo de internación y los cuidados mínimos que cada establecimiento sanitario debe garantizar. De modo tal que Nivel I internación simple, contempla resolución de bajo riesgo; Nivel II de cuidados especiales, resolución de mediano riesgo; Nivel III de cuidados intensivos, resolución de eventos de salud de alto riesgo. Cada categoría presenta requisitos mínimos (no máximos) vinculados no solo al equipamiento tecnológico sino también a la planta física del establecimiento sanitario, el marco normativo de funcionamiento (ejemplo horarios de atención, tipo de atención, protocolos de atención uso de guías de práctica clínica y definición de funciones) y al recurso humanos que asiste en cada uno”, agregan.
Y apuntan: “Además, se incorporaron las tipologías de establecimientos sanitarios según el tipo de internación general o especializada (maternidad pediátrica, rehabilitación de tercera edad de salud mental, etc) y en los establecimientos sin internación de diagnóstico y tratamiento se tuvo en cuenta: la atención médica diaria y guardia permanente, la atención médica diaria y sin guardia permanente, la atención médica de más de tres veces a la semana y la atención médica de menos de tres veces a la semana”.

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