El pago del medio aguinaldo a empleados y jubilados estatales, comenzará una vez que finalice el cronograma de sueldos del mes entrante (sería después del 10 de julio).
“Estamos cumpliendo con los pagos de haberes como corresponde, por lo que abonaremos sueldos e inmediatamente después empezaremos con el Sueldo Anual Complementario”, adelantó el Gobernador Gustavo Bordet en las últimas horas.
¿Como se calcula?
El Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido vulgarmente como aguinaldo, es un salario adicional que perciben los trabajadores y que se abona en dos cuotas. La primera en junio y la segunda en diciembre.
La ley 27.073 estableció cuáles son las fechas en que debe ser abonado: el primer pago tiene que realizarse antes del 30 de junio y el segundo antes del 18 de diciembre.
¿Cómo se calcula el SAC? La Ley de Contrato de Trabajo estableció que el aguinaldo debe ser equivalente al 50% de la mayor remuneración mensual devengada en todo concepto de cada semestre. Para calcular el SAC de diciembre, el empleador debe estimar cuál será la remuneración del trabajador del último mes del año. Esto incluye las horas extras y otros plus que se podrían haber percibido.
Ejemplo
Salarios liquidados entre julio y diciembre:
Julio: $15.000
Agosto: $15.200
Septiembre: $16.000
Octubre: $15.000
Noviembre: $15.000
Diciembre: $15.000
La mayor remuneración del semestre es la de septiembre, que fue de $16.000. Entonces, para calcular el aguinaldo hay que dividirla en 2: $16.000/2 = $8.000.
$8.000 es el aguinaldo del trabajador del ejemplo para el semestre comprendido entre los meses de julio y diciembre.
“Estamos cumpliendo con los pagos de haberes como corresponde, por lo que abonaremos sueldos e inmediatamente después empezaremos con el Sueldo Anual Complementario”, adelantó el Gobernador Gustavo Bordet en las últimas horas.
¿Como se calcula?
El Sueldo Anual Complementario (SAC), conocido vulgarmente como aguinaldo, es un salario adicional que perciben los trabajadores y que se abona en dos cuotas. La primera en junio y la segunda en diciembre.
La ley 27.073 estableció cuáles son las fechas en que debe ser abonado: el primer pago tiene que realizarse antes del 30 de junio y el segundo antes del 18 de diciembre.
¿Cómo se calcula el SAC? La Ley de Contrato de Trabajo estableció que el aguinaldo debe ser equivalente al 50% de la mayor remuneración mensual devengada en todo concepto de cada semestre. Para calcular el SAC de diciembre, el empleador debe estimar cuál será la remuneración del trabajador del último mes del año. Esto incluye las horas extras y otros plus que se podrían haber percibido.
Ejemplo
Salarios liquidados entre julio y diciembre:
Julio: $15.000
Agosto: $15.200
Septiembre: $16.000
Octubre: $15.000
Noviembre: $15.000
Diciembre: $15.000
La mayor remuneración del semestre es la de septiembre, que fue de $16.000. Entonces, para calcular el aguinaldo hay que dividirla en 2: $16.000/2 = $8.000.
$8.000 es el aguinaldo del trabajador del ejemplo para el semestre comprendido entre los meses de julio y diciembre.