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Establecen horarios para el funcionamiento de locales nocturnos

18/11/2010 El Juzgado de Faltas Municipal -a cargo de la Dra Susana Griselda Irurzun- comunica a los comerciantes de los rubros comerciales: bares y/ o  despachos de bebidas, cafés y locales de juegos electrónicos con mesas de pool y/o similares, que deberán respetar los horarios de funcionamiento establecidos: lunes a jueves: de 8 a 1 de la madrugada del día siguiente. De viernes a domingo: de 8 a 3 de la mañana del día siguiente.


Los boliches bailables y clubes deberán desarrollar sus actividades en los horarios comprendidos: Lunes a jueves de 18 a 2 de la madrugada del día siguiente. Viernes a domingo, y vísperas de feriados: de 16 a 5 de la mañana del día siguiente.


Alguna de estas actividades no se podrá ejercer fuera de los horarios señalados. Asimismo, se recuerda, está prohibida la concurrencia y permanencia de menores de 16 años en los locales nocturnos pasadas las 24.


Además, se informa que los comercios de expendio de bebidas alcohólicas no pueden vender o entregar bebidas alcohólicas a menores de 18 años.


El comunicado de prensa, subraya: «El incumplimiento a las normas 220/86 y 749/02 que reglamentan dichas prohibiciones hace pasible de sanción al comerciante pudiendo la autoridad competente ordenar la inmediata clausura preventiva del local que viole las normas».

 

 
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