'EL DEDO EN LA LLAGA' (L a V, 12hs)

Revés judicial para el Consejo General de Educación de Entre Ríos por apartar del cargo a una docente en Federal

Revés judicial para el Consejo General de Educación de Entre Ríos: separó del cargo a una docente sin haber concluido el sumario y que además tenía fuero sindical. Un fallo de una jueza de Concordia ordenó reponerla en su puesto. 

La Justicia le acestó un duro revés al Consejo General de Educación (CGE) por haber separado de su cargo a una docente con inmunidad gremial y argumentar que el sindicato, la Asociación Trabajadores del Estado (ATE), no había comunicado fehacientemente la situación de delegada gremial. También le reprochó el argumento de que no podía ser deleegada sindical por no estar afiliada, y para eso se basó en un fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que consideró inconstitucional un artículo de la Ley de Asociaciones Sindicales N° 23.551, y también declaró inconstituicional ese apartado de la norma.

Diana Bracco tenía a su cargo la Escuela Secundaria de Jóvenes y Adultos Antonio Flores que funciona en la Unidad Penal Nº 8, la cárcel de máxima seguridad que funciona en Federal, a 200 kilómetros de Paraná. Pero el 28 de septiembre de 2022, el director departamental de Educación de Federal, Santiago Krenz, firmó una resolución escasa de fundamentos, y dispuso apartarla del cargo de secretaria en esa escuela.

La disposición Nº 125 que firmó Krenz alude a “diferentes actuaciones sucedidas en el ámbito de la Escuela Secundaria de Jóvenes y Adultos Nº 8 Antonio Flores”, y menciona que “en reiteradas ocasiones” la docente ha ejercido “maltrato verbal”, no ha respetado “la vía jerárquica”, y “ponerse en rebeldía cuando se quisieron labrar actas”. Y agrega, las “denuncias por violencia laboral –no aclara de quién o quiénes-, disturbios en el ámbito de una escuela pública”, y apunta que la docente “incurre a rebeldía (sic) constantemente y continuado con su actitud hostil y no acatar las normativas institucionales”.

Bracco, que es licenciada en Ciencia Política, asumió el cargo en la escuela del penal de Federal en 2020.

Después de ser apartado de su función acudió a la Justicia.

El jueves 6 de de octubre de 20220, la titular del Juzgado del Trabajo Nº 2 de Concordia, Marina Bacigaluppe, hizo lugar a una medida cautelar innovativa y dispuso “la suspensión inmediata de los efectos de la resolución Nº 125”, por la cual el CGE había dispuesto su separación del cargo en la Escuela del Penal de Federal. Y ordenó “reinstalarla inmediatamente” en su puesto. Fue en el marco de un amparo sindical que promovió Bracco con la asistencia de los abogados Carlos Fenés y Federico Fenés.

Ahora, la magistrada resolvió la cuestión de fondo en el marco del amparo sindical.

 

En una resolución que se conoció este miércoles 8, la jueza declaró la “inconstitucionalidad” del artículo 41 de la Ley N° 23.551 de Asociaciones Sindicales, que estipula que para ser delegado se debe estar afiliado al sindicato. Además, hizo lugar a la demanda de la docente y en consecuencia ordenó al Consejo de Educación “que mantenga en su cargo a la Sra. Dyana Evelyn BRACCO sin modificar sus condiciones de labor hasta tanto finalice su mandato como delegada o bien se proceda a apartarla por los procedimientos legales vigentes”.

El Consejo de Educación defendió su actuación en la Justicia en base a tres argumentos: 1) la falta de afiliación de Bracco a ATE lo cual implicaría su imposibilidad de ser designada como delegada; 2) la falta de notificación de la designación como delegada interina ante Educación; 3) la existencia de la resolución Nº 3.862, fechada el 4 de octubre de 2022, mediante la cual se dispuso la instrucción de una información sumaria, basado en supuestasmalas conductas, según el escrito que presentó la asesora legal del CGE, María del Huerto Claria.

La jueza Bacigaluppe respondió cada una de las alegaciones de Educación. Respecto de la falta de afiliación a ATE para ser delegada apeló al fallo de la Corte de 2008 que declaró inconstitucional ese apartado de la Ley de Asociaciones Sindicales. «En el mencionado fallo se indica acertadamente que la norma afecta -en lo que aquí interesa- la libertad de los trabajadores individualmente considerados que deseen postularse como candidatos, pues los obliga a adherirse a la asociación con personería gremial», planteó.

Respecto a la falta de notificación al Estado de la designación de Bracco como delegada de ATE, la magistrada anota que ese hecho no solo «fue reconocido por el mencionado Consejo sino que fue informado por ATE (…) Fue la misma demandada que afirmó que la Dirección Departamental de Escuelas de Federal es dependiente suya, por lo que no puede desconocer que haya tenido conocimiento de tal designación».

En relación al sumario que le abrió el CGE a la docente, la jueza dice que ninguna acción disciplinaria podrá prosperar si antes no se abre un juicio para quitarle los fueros sindicales.  «Con base en ello, el empleador que disponga el despido, suspensión o modificación de las condiciones de trabajo de un representante gremial sin que
hubiera mediado resolución judicial previa de exclusión de la garantía es no solo un acto nulo (art. 382 CCCN) sino que es nulo de nulidad absoluta (art. 386 CCCN). Ello en tanto que la promoción del juicio sumarísimo de exclusión de tutela por parte delempleador como condición necesaria para disponer dichas medidas respecto de un representante sindical, constituye un requisito formal exigido ineludiblemente por la ley, dando derecho al afectado a demandar judicialmente por vía sumarísima la reinstalación en su puesto de trabajo». apunta.

En el fallo, se pone de manifiesto lo «muy llamativo» que resulta0 el proceder del Consejo de Educación, que «alega en su respuesta que las supuestas irregularidades cometidas por la actora comenzaron en el año 2021, pese a lo cual recién se le instruyó un sumario el 26/9/22, es decir luego de un año desde que comenzaron los hechos
pero tan solo 4 días después de que fuera notificada su designación como delegada de personal en la escuela donde prestaba servicios».

 

 



De la Redacción de Entre Ríos Ahora

FOTO NOTICIA - VIDA COTIDIANA

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