'EL DEDO EN LA LLAGA' (L a V, 12hs)

Advierten que el servicio de ambulancia funciona a través de un «furgón con una camilla»

CONDICIONES DE MÓVILES DE ASISTENCIA MÉDICA ANTE UNA URGENCIA EN FEDERAL.





"Si llegara a pasar algo, vamos todos presos", admitió un funcionario de la Municipalidad de Federal al planteársele -por parte de una empresa privada- por qué se había adjudicado el servicio de ambulancia para los "eventos" que conforman la programación por la realización del Festival Nacional del Chamamé, a una empresa fúnebre que tiene un "furgón con una camilla", cuyo vehículo funciona como ambulancia, y que atento a las características de la unidad automotriz no está habilitado por el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos. 

En oportunidad del desarrollo de los espectáculos Bailantas y Peñas del Festival, ha podido observarse que en los puestos de guardias médicas, está un vehículo que "hace las veces" de ambulancia, perteneciente a una empresa fúnebre, el cual está provisto de una camilla como todo equipamiento para asistir ante una emergencia de salud.

La observación trae a colación el dato de que se concesionó el servicio de ambulancia en tales eventos a una empresa que no está habilitada como tal por el Ministerio de Salud de la Provincia de Entre Ríos.

Sin embargo, el municipio, previo cotejo de precios, otorgó la concesión aún sabiendo que la empresa favorecida "no estaba en regla", lo cual surge de la falta de presentación de documentación por parte de la empresa a la que se le adjudicó el servicio, cuando oportunamente la Municipalidad solicitó a todas las empresas de la ciudad los datos para "efectuar un Relevamiento de las Empresas Prestadoras de Servicios Fúnebres en nuestra ciudad"; agregándose en la nota enviada a los propietarios de las funerarias locales, "presentar copia de la siguiente documentación: Habilitación del Ministerio de Salud, Secretaría de Salud Pública de la Provincia (Resolución), para transporte de pacientes, y/o urgencias...; La empresa debe ser titular de uno o más vehículos, con modelo no superior a 10 años de antigüedad desde su patentamiento, al momento de prestar el servicio y deberán contar con la Certificación Técnico-Vehicular; Adecuarse a las Normas Generales que definen una ambulancia, así como su complejidad, de acuerdo a las que con criterio nacional dicte el Ministerio de Salud...".

El cuadro de situación planteado, arroja como conclusión que más allá del reconocimiento de la funcionaria municipal por un hipotético devenir de los acontecimientos, está la preocupación porque en caso de tener que utilizarse el servicio de ambulancia, la infraestructura de la unidad de emergencia apostada en los lugares en cuestión, no se ajusta a los requerimientos básicos que demandan los organismos competentes para su funcionamiento.  

FOTO NOTICIA - VIDA COTIDIANA

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