'EL DEDO EN LA LLAGA' (L a V, 12hs)

Una presentación ante la Justicia tiene por objeto que se declare nula y/o ilegítima la aplicación de los incrementos en la tarifa de energía

(Prensa Poder Judicial de Entre Ríos). Acción de Amparo de Asociación de Consumidores contra ENERSA.
La Acción de Amparo Colectiva caratulada “Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos -A.De.C.En.- C/ Energía de Entre Ríos S.A. -E.N.E.R.S.A.- S/ Acción de Amparo” tiene por objeto que se declare Nula y/o Ilegítima la aplicación de los incrementos en la tarifa  Acción de Amparo de Asociación de Consumidores contra ENERSA.


A los fines de la adecuada publicidad y notificación de las personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio la Sala III, de la Cámara Civil y Comercial de la ciudad de Paraná, dio a conocer que ante ese organismo se tramita la Acción de Amparo Colectiva iniciada por la Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos contra Energía de Entre Ríos S.A.

Con el objetivo de una adecuada publicidad y notificación de las personas que pudieran tener un interés en el resultado del litigio, la Dra. Valentina Ramirez Amable, Vocal de la Sala III de la Cámara Civil y Comercial de Paraná, dispuso dar a conocer que dicha causa se tramita ante este organismo.
La Acción de Amparo Colectiva caratulada “Asociación de Defensa de Consumidores Entrerrianos -A.De.C.En.- C/ Energía de Entre Ríos S.A. -E.N.E.R.S.A.- S/ Acción de Amparo” tiene por objeto que se declare Nula y/o Ilegítima la aplicación de los incrementos en la tarifa que efectúa la demandada a los consumos registrados en el bimestre 01/18; se condene a la demandada a que proceda a refacturar los consumos verificados en el bimestre 01/18, conforme a la tarifa vigente al 31/10/2017; y se ordene la devolución de las sumas de dinero indebidamente percibidas como consecuencia del cuadro tarifario declarado inválido a través de acreditaciones en vencimientos inmediatos posteriores con intereses.
Los interesados pueden consultar los datos de la Acción de Amparo Colectiva mencionada en el siguiente enlace:
        Información SIC Nº 35/18 – 06 de marzo de 2018.

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